Nuestros servicios
06. Abogados
Usted necesita pruebas de lo que quiere demostrar? Nuestro trabajo es aportárselas de manera objetiva, precisa y eficaz.
Somos profesionales de la aportación de pruebas relativas a la vida personal, familiar o social de las personas así como al ámbito económico, laboral, mercantil o financiero.
En el caso que fuese necesario, completamos nuestras propias investigaciones con análisis técnicas de nuestra red de peritos judiciales.
Nuestros informes tienen válidez ante el juez. Están redactados por profesionales del derecho y acompañados de los medios de prueba colectados. En su caso, los ratificamos en sede judicial para defender sus intereses.
Nuestros detectives están habilitados por el Ministerio del Interior
Colaboramos con la Agencia Española de Peritos Judiciales
Investigaciones
Abogados
La colaboración con una agencia de detectives privados es una decisión estratégica evidente para un bufete de abogados. A nuestro nivel vamos a trabajar para apoyar sus demostraciones, optimizar el tiempo dedicado a cada caso y, por lo tanto, para su reputación.
Les facilitamos todos los tipos de pruebas materiales que necesitan para sus procedimientos en las diferentes ramas del derecho, aunque con algunas limitaciones legales en el derecho penal. Localizamos a las personas de sus intereses.
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PLAN DE INVESTIGACIÓN: no sólo tenemos conocimientos y experiencia de la investigación privada sino que para cada caso elaboramos un plan táctico evaluado en equipo y susceptible de revaluación.
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DEMOSTRACIÓN DE HECHOS CONFORME A LA LEGALIDAD : ejecutamos los procesos de pesquisa y peritaje investigativo con la máxima seguridad jurídica con el objetivo que los frutos de nuestro trabajo puedan apoyar las acciones legales que el abogado requiere realizar.
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ACCESO A PRUEBAS INALCANZABLES DE OTRA FORMA: somos los únicos profesionales habilitados para investigar la vida personal, familiar y social de las personas así como las conductas o hechos privados relativos al ámbito económico, laboral, mercantil, financiero como lo estable el artículo 48-1 de la Ley 5/2014 de Seguridad Privada.
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AGILIZACIÓN DEL PROCESO LEGAL: el tiempo es dinero! Acortamos el tiempo de ejecución de cada caso de su bufete liberando el abogado del labor de busqueda de pruebas.
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MEDIO DE PRUEBA EN JUICIO: un informe ratificado tiene consideración de testimonio documentado constituyendo así un medio de prueba que se puede hacer en juicio en conformidad con el artículo 299 de la Ley de Enjuiciamiento Civil 1/2000.
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TESTIGO CUALIFICADO: emitimos un testimonio profesional es decir: objetivo, exacto, documentado y preciso. Muchas veces marca la diferencia ante un juzgado o tribunal a la hora de ganar o perder un pleito.
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