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Qué razones legales puede tener una empresa para contratar un Detective Privado en materia laboral ?

Actualizado: 25 feb 2023


Por qué tu empresa debería colaborar con una agencia de investigación privada?

El uso de un Detective Privado por parte de una empresa para detectar y recabar las pruebas que justifiquen una sanción llegando incluso a un despido disciplinario no es una novedad, existe desde muchos años. Pero la masificación del teletrabajo provocada por la pandemia del COVID ha abierto nuevas necesidades para las empresas y los departamentos de Recursos Humanos.


Una empresa puede contratar un Detective Privado con total libertad, especialmente cuando es necesario para obtener información clave para garantizar la seguridad y viabilidad del negocio lo que obviamente cumple con “el interés legítimo” que ha de tener cualquier cliente de una Agencia de Investigación Privada a la hora de contratar este servicio según Ley de Seguridad Privada (5/2014 de 4 de abril) en su artículo 48-2.


El fraude de una incapacidad temporal o baja es una de las principales causas por las que una empresa contrata un Detective Privado. Más de 1 millón de personas no acuden a su puesto de trabajo de media cada día en España. Entre ellas, en 2019, el 73,6% se ausentaron por incapacidad temporal, mientras que el 26,4% restante (276.968 personas) lo hicieron pese a no estar de baja (Encuesta Trimestral de Coste Laboral del Instituto Nacional de Estadística). Y esta tendencia está en auge con la pandemia. Según los datos del Ministerio del Empleo (2015), alrededor del 40% de las incapacidades temporales solicitadas en España son fraudulentes! De hecho, la patronal de Mutuas afirma que por cada euro que una organización gasta en Detectives Privados, ahorra 48 euros en bajas. El Detective va a utilizar su pericia durante una baja para incapacidad temporal para documentar el día a día del trabajador aportando pruebas lícitas y por tanto válidas ante los Tribunales para detectar si hay fraude, si existe simulación de enfermedad, si el trabajador está exagerando a las dolencias que le están perjudicando su recuperación…


Pero también puede resultar vital para la empresa colaborar con una Agencia de Investigación Privada para poner fin cuanto antes a posibles actos de competencia desleal, es decir cuando sospechamos que un empleado está pasando informaciones confidenciales a empresas de la competencia o utiliza estas informaciones para desarrollar su propio negocio. El detective se encargará de recopilar toda la información necesaria para documentar los hechos. Si se consiguen estas pruebas, la empresa podrá valorar la oportunidad de denunciar al trabajador y solicitar su despido de forma inmediata con la seguridad de tener medios de prueba válidos.


También una empresa puede contratar a un detective privado cuando existen sospechas de hurto, y se quiere investigar. En caso de que se compruebe que ha sido un empleado el que ha llevado a cabo el robo, la empresa podrá despedirle de forma inmediata, ya que el robo es una de las causas del despido disciplinario de un trabajador según se deduce del artículo 54d del Estatuto del Trabajador “transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo”.

De hecho, de base a este artículo 54, la empresa puede beneficiarse de los servicios expertos de una Agencia de Investigación Privada para investigar varias conductas que pueden llegar al despido disciplinario: sospechas de hurto, pero también de acoso al empresario o trabajadores de la empresa o de utilización del tiempo laboral para actividades personales por ejemplo en el caso de la plantilla de comerciales, etc.


Pero el terremoto de estos 2 últimos años en materia laboral es el teletrabajo! Estamos en un momento en el que ahora muchas empresas están decidiendo que modelo de teletrabajo quieren tener. Modelo híbrido, modelo 100% remoto… Ya estamos viendo sentencias en los Tribunales de lo Social en el tema del teletrabajo donde aparece la figura del Detective Privado para recabar pruebas que justifiquen un despido. Y ya tenemos sanciones que declaran procedente el despido de trabajadores para hacer un mal uso del teletrabajo en el sentido que durante su horario laboral sale de su casa para pasear al perro, irse de compras, a la peluquería o al gimnasio. El registro de jornada a diario es obligatorio para todos los trabajadores. Si el trabajador no ficha esas pausas que hace y no advierta a la empresa efectivamente la empresa puede sancionarle llegando hasta el despido en caso de reiteración. La propia Ley de Trabajo a Distancia (10/2021, de 9 de julio) establece expresamente que las empresas pueden controlar el cumplimento del teletrabajo. Es decir, al final ahí hay una transgresión de la buena fe contractual por parte del trabajador.


Pero esto hay que demostrarlo recabando de manera lícita pruebas legales. Este punto hace toda la diferencia a la hora de comparecer ante un Tribunal si no quieres que, por ejemplo, el despido disciplinario que has notificado sea declarado nulo aunque sus motivos fuesen reales. Desarrollaremos este punto en un próximo post ahora que nuestra página web tiene un blog 😉. Por ahora sólo decir que nosotros somos una Agencia de Investigación Privada habilitada por el Ministerio del Interior, con Detectives diplomados en derecho y con amplia experiencia en materia laboral. Sabemos qué tipo de pruebas podemos aportar ante un Tribunal y cómo conseguirlas de manera lícita.

Hablamos de despido, pero realmente la normativa, los convenios colectivos, permiten imponer otro tipo de sanciones menos gravosas que el despido como por ejemplo puede ser una sanción de empleo y sueldo. Pero a efectos generales sí es lícito para una empresa recurrir a un Detective Privado, y también en supuestos de teletrabajo. Y aqui estamos: Código 4 - Detectives Privados.


Encuentra todos nuestros servicios en materia laboral en nuestra página dedicada.

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